EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO ESTÁ REGIDO
POR EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CST:
- ARTICULO 10. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.}
- ARTICULO 30. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares.
PRINCIPIOS GENERALES
1. Irrenunciable
2. Primacía de la realidad
3. Igualdad
4. Mínimo Vital
5. Estabilidad (Fuero de Maternidad, Fuero por
Discapacidad, Fuero Sindical y Fuero
Circunstancial)
6. Libertad el Trabajo
7. Protección del Trabajo
8. Capacitación, Adiestramiento y Descanso
9. Favorabilidad
10. Indubio pro Operario
11. Obligatoriedad del Trabajo
CONTRATO DE TRABAJO:
El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se Obliga a prestar un servicio personal quien presta el servicio se denomina trabajador quien lo recibe y remunera, patrono, y la
CONTRATO DE TRABAJO
remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.