miércoles, 20 de septiembre de 2017

TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR

EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO ESTÁ REGIDO POR EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CST: 
  1. ARTICULO 10. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.}
  2. ARTICULO 30. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares. 


PRINCIPIOS GENERALES 

1. Irrenunciable 
2. Primacía de la realidad 
3. Igualdad 
4. Mínimo Vital 
5. Estabilidad (Fuero de Maternidad, Fuero por Discapacidad, Fuero Sindical y Fuero Circunstancial) 6. Libertad el Trabajo
7. Protección del Trabajo 
8. Capacitación, Adiestramiento y Descanso
 9. Favorabilidad 
10. Indubio pro Operario 
11. Obligatoriedad del Trabajo

CONTRATO DE TRABAJO:
El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se Obliga a prestar un servicio personal quien presta el servicio se denomina trabajador quien lo recibe y remunera, patrono, y la CONTRATO DE TRABAJO remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.



martes, 5 de septiembre de 2017

NORMAS PROTECTORAS DEL TRABAJO EN COLOMBIA

El trabajo es una obligación social el estado protege cualquier actividad que el trabajador Colombiano escoja para poder tener una vida digna.
la constitución nacional en el articulo 25 así lo ordena: el trabajo es un derecho y obligación que gozan todos los Colombianos  de la especial protección del estado  ( condiciones dignas y justas).
APLICACIÓN DE LAS NORMAS 

todo empleador esta obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia.  

jueves, 31 de agosto de 2017

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

HISTORIA:
Antes de que los Españoles colonizaran parte de América, los Aborígenes dedicaban tiempo a las actividades del campo ( caza, la pesca, la agricultura y las artesanias ) estas actividades eran dirigidas por los jefes o caciques de la tribu. Esta forma de vida cambio cuando llegaron los españoles los cuales empezaron a explotar la tierra con las minas en las cuales los Aborígenes trabajaban como esclavos.
Durante la Colonia los españoles impusieron normas y decretos los cuales fueron dictados por el rey de España - fueron recopilados en el reinado de Carlos II con el nombre de legislación Indiana  


Esta cituacion cambio a partir del 1 de enero de 1852 siendo presidente de la república de Colombia  JOSE HILARIO  LOPEZ a partir de ese momento aparecen algunas leyes sociales que constituyen el código sustantivo del trabajo (cst) veremos algunas de ellas:
  1. ley 29 de 1905: estableció pensión para los magistrados de la corte de justicia que llegaran a los 60 años de edad.
  2. ley 57 de 1915: esta ley trata sobre los accidentes de trabajo (gastos) para los trabajadores de construcción.
  3.   ley 46 de 1918: esta ley se expidió con el objeto de regular lo concerniente a las habitaciones de los obreros.
  4. ley 78 de 1919: esta ley regula los aspectos relativos a la huelga de trabajo y a la contratación colectiva .
  5. En 1936 acto legislativo N inciso 2 del articulo 20 se garantiza el derecho de huelga esta norma aparece en la constitución nacional de 1991 articulo 56 . estas leyes y decretos se crearon con el fin de vigilar las relaciones entre empleadores y trabajadores.
  6. ley 96 de 1938: esta ley  creo el ministro de trabajo lo cual hoy en día es funcionado con el de salud (ministro de la protección social).
  7. ley 90 de 1946: es por la cual se creo en Colombia el seguro social , el instituto colombiano de seguros social conocido hoy en día como ISS.
  8. En 1950 : durante el gobierno de MARIANO OSPINA PEREZ se promulgaron el decreto legislativo N 2663 y el decreto 3743 el cual dio origen al código sustantivo del trabajo. los anteriores decretos fueron adoptados mediante la ley 141 de 1961 como legislación permanente del trabajo. La legislación laboral colombiana se desprendió de la jurisdicción civil.  
  9. los diversos decretos y leyes expedidos por cada gobierno son producto de las luchas incansables de los trabajadores Colombianos que aun continuamos en condiciones desfavorables.
En la ultima década, han habido dos grandes cambios en la legislación laboral colombiana
  • la ley 50 de 1990 con esta ley los trabajadores perdieron grandes derechos como la retroactividad de las cesantia  entre otos.
  • la ley 100 de 1993 esta ley modifico todo lo relacionado con las pensiones e introdujo novedosos avances en la salud. en el año 2002 se promulgo  la ley 789 que introdujo transformaciones trascendentales en la liquidación de la jornada de trabajo y la indemnización por falta de pago del articulo 56 del CST. 
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO 
Nuestro código sustantivo del trabajo contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho social:
  •  derecho individual del trabajo 
  • derecho colectivo del trabajo 
  • el sistema de seguridad social integral 
CAMPO DE APLICACIÓN :
La legislación laboral se aplica a todos los  habitantes del territorio Colombiano sin considerar su nacionalidad el articulo 10 de la constitución nacional dice:
 es deber de todos los nacionales y extranjeros en Colombia, vivir sometidos a la constitución y a las leyes y respetar y obedecer las autoridades.

SERVIDORES PÚBLICOS:
Los empleados públicos son aquellas personas que prestan sus servicio a la nación a los departamentos y pueblos que se vinculan a la administración mediante un acto administrativo de nombramiento y posicion o mediante elección popular tal como en los presidentes según lo anterior, los empleados publicos pueden clasificarse asi:
1.Funcionarios de rango popular.
2.Funcionarios públicos de origen legal.
3.Empleados públicos de carrera.
4.Empleados públicos de libre nombramiento y remoción.
5.Empleados públicos en provisionalidad.
6.Empleados públicos en periodo de prueba.
7.Empleados públicos en entidades descentralizadas.
8.Empleados públicos en empresas industriales y comerciales del estado y empresas de economía mixta.
9. Empleados públicos del distrito capital de Bogotá.
10. Empleados departamentales.
11. Empleados municipales.
12.Empleados en entidades descentralizadas del orden distrital departamental y municipal.

martes, 15 de agosto de 2017

FUEROS LABORALES EN COLOMBIA









1 FUERO DE MATERNIDAD:
Hace referencia a la preteccion especial a la mujer que esta en estado de gestación o en periodo de lactancia la cual no puede ser despedida de su puesto - ocupación  esta ley esta en el articulo 239 del código sustantivo del trabajo.

2 FUERO DE DISCAPACIDAD:
Ninguna persona debe ser despedida de su trabajo o terminar su contrato por su limitación consagrada en el articulo 26 de la ley 361 de 1997.

3 FUERO SINDICAL:
Es la garantía de los trabajadores que no pueden ser despedidos ni desmejorados en su trabajo.

4 FUERO CIRCUNSTANCIAL :
Es un mecanismo de protección que tienen los trabajadores sindical-izados  son figuras  jurídicas.

RAMAS DEL DERECHO LABORAL COLOMBIA

Según el artículo 1 del Código Sustantivo del Trabajo, el objetivo principal es lograr el equilibrio en las relaciones obrero-patronales, al encontrarse el trabajador desprotegido desde el punto de vista económico y social. Por ello se le otorga una serie de prerrogativas, como el principio de irrenunciable, favor habilidad y la protección del trabajo las cuales son las siguientes 

RAMAS DEL DERECHO LABORAL

1. Derecho individual del trabajo: 
Consiste en que una persona física denominada trabajador se obliga a prestar servicios personales a otra persona denominada empleador.

2. Derecho colectivo del trabajo:
Regula las relaciones entre el empleador y los trabajadores reunidos en asociaciones, sean éstas sindicales o no. En la actualidad se consagra una nueva concepción de derecho laboral que supedita las relaciones individuales de trabajo a las colectivas en donde el interés general prima sobre el interés particular, con el objeto de fortalecer las organizaciones laborales.

3. Derecho de la seguridad social :
conjunto de normas que establecen que el trabajador tienen derecho a la seguridad social ( salud , pensión y riegos laborales).

4 Derecho procesal laboral:
Es un proceso por el cual se regulan las relaciones en los conflictos de prestaciones laborales.

5. Derecho laboral administrativo: 
Regula la relación  del trabajador con el estado. 

6. Derecho laboral internacional :
Regula las relaciones internacionales que tienen que ver con los derechos humanos. 

7.Derechos cooperativo y sociedades mutuales:
regula las relaciones entre cooperativas y sociedades mutuales. 


lunes, 14 de agosto de 2017

QUE ES EL DERECHO ADQUIRIDO?

EL DERECHO ADQUIRIDO ES UN BIEN QUE POSE UNA PERSONA EL CUAL ESTA CONSAGRADO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1991 EN EL ARTICULO 58 GARANTIZANDO LA PROPIEDAD PRIVADA COMO BIEN DE UN PERSONA.

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TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR

EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO ESTÁ REGIDO POR EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CST:  ARTICULO 10. OBJETO. La finalidad primordial de ...