miércoles, 20 de septiembre de 2017

TODO LO QUE DEBE SABER COMO EMPLEADOR

EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO ESTÁ REGIDO POR EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO CST: 
  1. ARTICULO 10. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.}
  2. ARTICULO 30. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares. 


PRINCIPIOS GENERALES 

1. Irrenunciable 
2. Primacía de la realidad 
3. Igualdad 
4. Mínimo Vital 
5. Estabilidad (Fuero de Maternidad, Fuero por Discapacidad, Fuero Sindical y Fuero Circunstancial) 6. Libertad el Trabajo
7. Protección del Trabajo 
8. Capacitación, Adiestramiento y Descanso
 9. Favorabilidad 
10. Indubio pro Operario 
11. Obligatoriedad del Trabajo

CONTRATO DE TRABAJO:
El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se Obliga a prestar un servicio personal quien presta el servicio se denomina trabajador quien lo recibe y remunera, patrono, y la CONTRATO DE TRABAJO remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.



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