martes, 15 de agosto de 2017
FUEROS LABORALES EN COLOMBIA
1 FUERO DE MATERNIDAD:
Hace referencia a la preteccion especial a la mujer que esta en estado de gestación o en periodo de lactancia la cual no puede ser despedida de su puesto - ocupación esta ley esta en el articulo 239 del código sustantivo del trabajo.
2 FUERO DE DISCAPACIDAD:
Ninguna persona debe ser despedida de su trabajo o terminar su contrato por su limitación consagrada en el articulo 26 de la ley 361 de 1997.
3 FUERO SINDICAL:
Es la garantía de los trabajadores que no pueden ser despedidos ni desmejorados en su trabajo.
4 FUERO CIRCUNSTANCIAL :
Es un mecanismo de protección que tienen los trabajadores sindical-izados son figuras jurídicas.
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