jueves, 31 de agosto de 2017

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

HISTORIA:
Antes de que los Españoles colonizaran parte de América, los Aborígenes dedicaban tiempo a las actividades del campo ( caza, la pesca, la agricultura y las artesanias ) estas actividades eran dirigidas por los jefes o caciques de la tribu. Esta forma de vida cambio cuando llegaron los españoles los cuales empezaron a explotar la tierra con las minas en las cuales los Aborígenes trabajaban como esclavos.
Durante la Colonia los españoles impusieron normas y decretos los cuales fueron dictados por el rey de España - fueron recopilados en el reinado de Carlos II con el nombre de legislación Indiana  


Esta cituacion cambio a partir del 1 de enero de 1852 siendo presidente de la república de Colombia  JOSE HILARIO  LOPEZ a partir de ese momento aparecen algunas leyes sociales que constituyen el código sustantivo del trabajo (cst) veremos algunas de ellas:
  1. ley 29 de 1905: estableció pensión para los magistrados de la corte de justicia que llegaran a los 60 años de edad.
  2. ley 57 de 1915: esta ley trata sobre los accidentes de trabajo (gastos) para los trabajadores de construcción.
  3.   ley 46 de 1918: esta ley se expidió con el objeto de regular lo concerniente a las habitaciones de los obreros.
  4. ley 78 de 1919: esta ley regula los aspectos relativos a la huelga de trabajo y a la contratación colectiva .
  5. En 1936 acto legislativo N inciso 2 del articulo 20 se garantiza el derecho de huelga esta norma aparece en la constitución nacional de 1991 articulo 56 . estas leyes y decretos se crearon con el fin de vigilar las relaciones entre empleadores y trabajadores.
  6. ley 96 de 1938: esta ley  creo el ministro de trabajo lo cual hoy en día es funcionado con el de salud (ministro de la protección social).
  7. ley 90 de 1946: es por la cual se creo en Colombia el seguro social , el instituto colombiano de seguros social conocido hoy en día como ISS.
  8. En 1950 : durante el gobierno de MARIANO OSPINA PEREZ se promulgaron el decreto legislativo N 2663 y el decreto 3743 el cual dio origen al código sustantivo del trabajo. los anteriores decretos fueron adoptados mediante la ley 141 de 1961 como legislación permanente del trabajo. La legislación laboral colombiana se desprendió de la jurisdicción civil.  
  9. los diversos decretos y leyes expedidos por cada gobierno son producto de las luchas incansables de los trabajadores Colombianos que aun continuamos en condiciones desfavorables.
En la ultima década, han habido dos grandes cambios en la legislación laboral colombiana
  • la ley 50 de 1990 con esta ley los trabajadores perdieron grandes derechos como la retroactividad de las cesantia  entre otos.
  • la ley 100 de 1993 esta ley modifico todo lo relacionado con las pensiones e introdujo novedosos avances en la salud. en el año 2002 se promulgo  la ley 789 que introdujo transformaciones trascendentales en la liquidación de la jornada de trabajo y la indemnización por falta de pago del articulo 56 del CST. 
CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO 
Nuestro código sustantivo del trabajo contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho social:
  •  derecho individual del trabajo 
  • derecho colectivo del trabajo 
  • el sistema de seguridad social integral 
CAMPO DE APLICACIÓN :
La legislación laboral se aplica a todos los  habitantes del territorio Colombiano sin considerar su nacionalidad el articulo 10 de la constitución nacional dice:
 es deber de todos los nacionales y extranjeros en Colombia, vivir sometidos a la constitución y a las leyes y respetar y obedecer las autoridades.

SERVIDORES PÚBLICOS:
Los empleados públicos son aquellas personas que prestan sus servicio a la nación a los departamentos y pueblos que se vinculan a la administración mediante un acto administrativo de nombramiento y posicion o mediante elección popular tal como en los presidentes según lo anterior, los empleados publicos pueden clasificarse asi:
1.Funcionarios de rango popular.
2.Funcionarios públicos de origen legal.
3.Empleados públicos de carrera.
4.Empleados públicos de libre nombramiento y remoción.
5.Empleados públicos en provisionalidad.
6.Empleados públicos en periodo de prueba.
7.Empleados públicos en entidades descentralizadas.
8.Empleados públicos en empresas industriales y comerciales del estado y empresas de economía mixta.
9. Empleados públicos del distrito capital de Bogotá.
10. Empleados departamentales.
11. Empleados municipales.
12.Empleados en entidades descentralizadas del orden distrital departamental y municipal.

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